Morelia, Michoacán, a 9 de agosto de 2021.- El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolvió validar la elección a gobernador en Michoacán, al concluir este lunes con la etapa impugnativa de la elección para gobernador del estado.
En Sesión Pública virtual, las y los Magistrados resolvieron lo anterior, en base al proyecto de Sentencia del Juicio de Inconformidad TEEM-JIN-165/2021, promovido por los Partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Revolucionario Institucional quienes solicitaron la nulidad de la elección a gobernador de Michoacán del pasado 6 de junio.
Quienes, presentaron medios de pruebas de diversas irregularidades durante el proceso de campaña y el día de la elección donde argumentaron violencia, embarazo y quema de urnas, así como la intervención de grupos armados y violación a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, donde las pruebas no fueron acreditadas ni suficientes.
Por lo que el pleno del Tribunal, resolvió por unanimidad la modificación de los resultados consignados en el acta de cómputo de la entidad federativa de la elección para la gubernatura de Michoacán efectuado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Michoacán (IEM), así también confirmó la expedición y entrega de la constancia de mayoría otorgada por el IEM al candidato postulado por la coalición Juntos Haremos Historia en Michoacán integrada por los Partidos Políticos Morena y del Trabajo.
Aquí, las y los magistrados coincidieron en que Michoacán vivió una de las elecciones con mayores retos derivado de las recientes Reformas y la pandemia por COVID-19, en donde el TEEM refrendó su compromiso de actuar de manera imparcial con la premisa de proteger los derechos político electorales de las y los ciudadanos.
En otro momento de la sesión, por mayoría de votos los juristas desecharon de plano la demanda incluida en el Proyecto de Sentencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEM-JDC-292/2021, promovido por Alfonso Guzmán Reyes y otros contra actos de la Comisión Especial para la Atención de Pueblos Indígenas del Instituto Electoral de Michoacán.
Lo anterior, luego de que las autoridades comunales de la Isla de Janitzio impugnaron el oficio IEM-CEAPI-279/2021 emitido por la Comisión Especial para la Atención de Pueblos Indígenas del IEM, frente a lo que el pleno resolvió desecharlo debido a que el acto que se impugna carece de legitimidad y firmeza ya que el proceso de consulta de consulta solicitada por los promoventes se encuentra en la etapa de actividades preparatorias ya que el Instituto ha informado que aún no se han finiquitado los trabajos para la emisión de la convocatoria de dicha consulta.
Así mismo, al resolver el Proyecto de Sentencia del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-093/2021 presentado por el Partido de la Revolución Democrática contra el Presidente Municipal del Ayuntamiento de Salvador Escalante, el Partido Político Morena y otras, a quien le atribuyeron la utilización de recursos públicos, la publicación de actos de calumnias en la red social de Facebook contra la candidata a la presidencia del mismo Ayuntamiento postulada por la candidatura común Va por México, y la culpa invigilando al Partido MORENA.
Frente a ello el TEEM declaró por unanimidad, la inexistencia de violación a los principios de equidad e imparcialidad en la contienda, así como la inexistencia de utilización de recursos públicos y también la no acreditación de expresiones que calumnien a la candidata de Va por México, de quién se dejaron a salvo sus derechos, así como la inexistencia de la conducta atribuida a MORENA por la figura de culpa invigilando.