Morelia Michoacán a 7 de diciembre de 2018.- E nuestro Estado es necesario clarificar el procedimiento y los sujetos activos para la emisión de recomendaciones, con ello hacer responsable al Comité Coordinador de atender las solicitudes de CPC, ya que en este año diversas comunicaciones dirigidas al Comité Coordinador no han sido atendidas por ello hay adicionar a un representante del Comité de Participación Ciudadana que integre la Comisión Ejecutiva, como lo marca en la reforma Constitucional que propuse.
Es necesario legislar en cuestión a las atribuciones del Presidente del Comité, que tiene como atribución expresa someter la consideración la remoción del Secretario Técnico. Durante este año no se ha concretado la sustitución del Secretario en virtud de no tener clarificado el procedimiento por lo que no se contempla ningún procedimiento para la remoción de algún miembro del Comité de Participación Ciudadana ni la responsabilidad de acudir a las sesiones.
Se busca equilibrar el sistema de responsabilidades de todos los miembros del Sistema Anticorrupción por ello es necesario dotar de mayores atribuciones al Comité de Participación Ciudadana para atender responsabilidades no previstas actualmente.
Hay que otorgar autonomía total a la Secretaria Ejecutiva, dando libertad operativa y presupuestaria, lo que ha sido una problemática durante este año.
Es necesario asignar un periodo de duración de cargo del titular del órgano de control interno, como propuesta seria un periodo de tres años que será designado por el Comité de Participación Ciudadana.
Para fortalecer la facultad de control ciudadano es necesario que quien designe al contralor interno sea el Comité de Participación Ciudadana.
Asimismo necesario derogar la limitante de la edad en la designación del Secretario Técnico ya que la Suprema Corte de la Nación determino inconstitucional.
En mis facultades de legislador local por el Partido Verde Ecologísta de México, presenté una iniciativa que reforma la fracción l del artículo 109 ter de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo. Ello como cuestión necesaria para la funcionalidad del Sistema Estatal Anticorrupción.
En lo que va de esta Legislatura se han presentado 3 iniciativas en materia de anticorrupción, su servidor ha presentado dos, una en conjunto con la Diputada Miriam Tinoco Soto la cual reforma los artículos 58, 62 fracción XVI, 64 fracción Vll, 82 adicionando la fracción l y modificando las fracciones ll a la XVI y 87 fracción VIII y IX de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo y los artículos 4 fracción III y Capitulo Quinto de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Michoacán de Ocampo