Morelia, Michoacán.- Al exigir justicia para los ciudadanos mexicanos y michoacanos en particular, con medidas tendientes a reducir la carga tributaria, la diputada Laura Granados Beltrán, propuso reformas a los artículos 56 del Código Fiscal del Estado de Michoacán y 58 del Código Fiscal Municipal para el Estado de Michoacán; y la derogación de la fracción III de ambos ordenamientos. La medida impactaría directamente a la sociedad al dejar de cobrar innecesariamente multas cuando un ciudadano paga sus impuestos aunque sea extemporáneamente.
La diputada de MORENA leyó en tribuna esta iniciativa con proyecto de decreto donde argumentó que inmediatamente se notaría el impacto positivo de estas reformas “… pues se dejaría de cobrar multas en beneficio de miles de michoacanos y obligaría al gobierno estatal y municipales a cumplir con el procedimiento administrativo de ejecución”.
Además, de concretarse, se podría hacer más eficiente la recaudación de impuestos locales, lo que automáticamente se traduciría en una justicia tributaria “… que tanta falta nos hace”, sentenció la legisladora por Maravatío al reafirmar que el Congreso de Michoacán debe darle certeza jurídica a los michoacanos y justicia en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
En su exposición de motivos, Laura Granados dijo que debe brindarse justicia a los ciudadanos michoacanos que “… aunque fuera de los plazos establecidos, acuden espontáneamente a cumplir con sus obligaciones fiscales, aún sin ser requeridos por la autoridad”, como por ejemplo en el pago de derechos por trámites vehiculares e impuesto predial. “Yo propongo reformar y derogar los ordenamientos que perjudican a estos ciudadanos”, sentenció.
En este contexto, llamó la atención de los legisladores por el incremento en más de 60 millones de pesos a la Secretaría de Finanzas y Administración de Michoacán en el presupuesto de egresos de 2019, que solo se justificaría si es para hacer más eficiente el sistema de recaudación, lo que significará la capacitación del personal. De cualquier forma habrá que analizar con lujo de detalles este aumento que en realidad, no justifican ni la secretaría ni el gobernador de Michoacán en la exposición de motivos y argumentaciones de su paquete fiscal.
Laura Granados Beltrán explicó que el artículo 56 del Código Fiscal del Estado de Michoacán y el artículo 58 del Código Fiscal Municipal para el Estado de Michoacán quedarían con el mismo texto, así: “No se impondrán multas cuando se cumplen forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. Se considera que el cumplimiento no es espontáneo…”.
La iniciativa se turnó a comisiones para su análisis y discusión.