Ciudad de México.- (Notimex).- La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas publicó un extracto de la decisión final adoptada por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en la comunicación individual número 2767/2016 relativa al caso de la periodista y defensora de derechos humanos Lydia Cacho Ribeiro.
En la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), la comisión expone que el 31 de julio de 2018, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas reconoció la responsabilidad del Estado mexicano por la violación de los derechos humanos de libertad de expresión, libertad y seguridad personales, integridad personal, acceso a la justicia y al derecho a no ser sometida a tortura, de la periodista y defensora de derechos humanos Lydia Cacho Ribeiro
La anterior debido al proceso penal instaurado en contra de la periodista por la publicación en 2005 del libro Los demonios del Edén, en el cual develaba una red de pornografía infantil.
La Comisión recuerda que el 16 de diciembre de 2005, la periodista fue sometida a actos de tortura psicológica y física, tocamientos e insinuaciones sexuales, amenazas de muerte, violencia verbal y física, así como actos de discriminación por razón de género, durante y después de la detención arbitraria originada con motivo de una denuncia por el delito de difamación en el estado de Puebla, por parte del empresario Kamel Nacif Borge, en probable colusión con altas autoridades mexicanas ejecutivas y judiciales, con la intención de castigo por el ejercicio de la libertad de expresión.
Por dicha razón, señala, Lydia Cacho presentó denuncias por actos de tortura, detención arbitraria, entre otros; sin embargo, a la fecha sólo un agente policial ha sido condenado, sin que se haya investigado de manera diligente sobre la probable responsabilidad del empresario y las autoridades de los poderes Ejecutivo y Judicial del estado de Puebla.
El presente caso implica una oportunidad para que el Estado mexicano genere condiciones propicias que permitan el libre ejercicio del periodismo, la libertad de expresión; por ello, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas decidió que el Estado debe:
– Realizar una investigación imparcial, pronta y exhaustiva sobre los hechos denunciados.
– Procesar, juzgar y castigar con penas adecuadas a las personas halladas responsables.
– Ofrecer una compensación adecuada.
– Adoptar medidas, garantizando que todos los periodistas y defensores de derechos humanos puedan ejercer su derecho a la libertad de expresión en sus actividades, incluso mediante la despenalización de los delitos de difamación y calumnia en todas las entidades federativas.
El presente documento contiene la rúbrica del comisionado ejecutivo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Sergio Jaime Rochín del Rincón, con fecha del 25 de febrero de 2019, en la Ciudad de México.