Morelia, Michoacán.- El diputado local, Baltazar Gaona García, presentó ante el pleno del Congreso del Estado, una iniciativa a fin de modificar los alcances de la legitima defensa, ya que hoy en día si el ofendido repele una agresión puede ser que se reviertan los papeles y de víctima pasa a ser victimario.
Ante este supuesto, quien inicia por ser víctima resulta ser procesado judicialmente y en la cárcel, en carácter de delincuente, hasta que demuestre y acredite fehacientemente que hizo uso de su derecho de legítima defensa.
En su exposición de motivos, el legislador del Partido del Trabajo (PT), manifestó que actualmente el ciudadano ofendido es procesado en carácter de delincuente, por los daños que cause a su o sus agresores, siendo que el ofendido en la gran mayoría de los casos, no agrede, ni ofende a nadie, simplemente toma la decisión mas lógica, que es, proteger la integridad de su hogar, de su familia y la suya.
“Es contradictorio que a un delincuente se le ponga en libertad, mientras que al ciudadano que se defiende contra de la agresión del delincuente, sea encarcelado, esto es una injusticia y por esta razón presento esta iniciativa”, agregó.
El diputado local por el distrito 08 con cabecera en Tarímbaro, señaló que la intención de dicha iniciativa es que la presunción de legítima defensa favorezca a quien cauce una lesión o dé como resultado la perdida de la vida del agresor.
“La modificación que propongo a la figura de la legitima defensa, viene a dar claridad y certeza jurídica en cuanto a sus alcances y de igual manera busca cambiar la mentalidad de los delincuentes, en el sentido de que si estos al realizar sus actividades delictivas son lesionados o incluso llegan a perder la vida, al momento de que un ciudadano se defienda en contra de ellos, es causa de sus propios actos y ellos como delincuentes son los únicos responsables de las consecuencias”, aseveró.
Baltazar Gaona refirió que esta reforma, a la figura jurídica de la legitima defensa ya fue avalada en el Congreso del Estado de Nuevo León, así como en el de Veracruz y Baja California y que contra de estas modificaciones se interpusieron acciones de inconstitucionalidad, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al pronunciarse, validó la porción normativa que contiene la reforma y específicamente donde se menciona.