Morelia, Michoacán, 13 de octubre 2022.- La Justicia Administrativa Municipal es la vía para dirimir controversias entre los ayuntamientos y los ciudadanos, por lo que es importante que los Gobiernos Municipales procuren la creación de los órganos necesarios para hacerla efectiva, subrayó la diputada Gloria Tapia Reyes, presidenta de la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales de la LXXV Legislatura del Congreso del Estado.
La vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, destacó que la Ley permite a los Ayuntamientos contar con organismos que permitan dirimir las controversias administrativas que genere su acción como gobiernos, con los ciudadanos.
“La Ley Orgánica Municipal prevé un Capítulo Específico para la Justicia Administrativa Municipal, de manera que los actos y resoluciones dictadas por los ayuntamientos, por alcaldes y por las dependencias y entidades de la administración Pública Municipal, puedan ser impugnados mediante el recurso de revisión, cuando afecten intereses jurídicos de los particulares”.
Gloria Tapia señaló que a partir de lo establecido en la norma, el referido recurso de revisión pueda interponerse ante el propio Ayuntamiento, en este caso la Secretaria o Secretario del Ayuntamiento, quien fungirá como instructor del procedimiento del recurso de revisión, integrando el expediente.
No obstante recordó que tratándose de actos y resoluciones que emitan la presidenta o presidente municipal y las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, el recurso de revisión podrá interponerse ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, bajo la reglamentación correspondiente.
“Es importante fortalecer la cultura de la legalidad, y que las y los ciudadanos cuenten con las herramientas y los organismos necesarios para hacer valer sus querellas cuando sientan vulnerados sus derechos con los actos que realiza la autoridad administrativa municipal”, finalizó.